El Gobierno Nacional aumentó y unificó los valores de los dólares Qatar, tarjeta y solidario

Además, eliminó el cupo de 300 dólares por persona que no pagan el recargo en los gastos en moneda extranjera con tarjeta de crédito y débito.

En medio de la escalada del dólar blue, que ayer pegó otro salto hasta los $925, el Gobierno aumentó las cotizaciones denominadas Qatar, tarjeta y solidario que refieren al gasto de divisa estadounidense a través de tarjetas de crédito y débito.

La nueva suba se instrumentó a partir de una resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que quintuplica la percepción adicional a esas compras, llevándola del 5% al 25%.

Dicha retención comenzará a aplicarse sobre cualquier valor de consumo, por lo que ya no existirá el cupo de US$ 300 por mes y por persona libre del recargo.

De esa manera, ahora el dólar Qatar, solidario y tarjeta tienen un tipo de cambio unificado en $731 por unidad.

Con el nuevo valor esas cotizaciones se ubican en más del doble del tipo de cambio oficial y algo más de 20% debajo del blue.

Impacto en los Contribuyentes

La AFIP publicó esta mañana en el Boletín Oficial la Resolución General 5430/2023, que introduce modificaciones en las alícuotas de percepción aplicables a determinadas operaciones sujetas al Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS).

Las percepciones practicadas se considerarán pagos a cuenta de los tributos correspondientes, variando su tratamiento según la condición tributaria del sujeto pasible:

– Las percepciones al 45% se tratarán como pagos a cuenta del Impuesto sobre los Bienes Personales para sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que no sean responsables del Impuesto a las Ganancias. Para los demás sujetos, se imputarán al Impuesto a las Ganancias.

– Las percepciones al 25% se tratarán como pagos a cuenta del Impuesto sobre los Bienes Personales para personas humanas y sucesiones indivisas, permitiendo la solicitud de devolución en ciertos casos. Para los demás sujetos, se imputarán al Impuesto a las Ganancias.

La cuenta que debe tenerse en cuenta a partir de la resolución es: valor dólar oficial $365,50 y sumarle los tributos de 45%, 30% y 25%.

Opciones para Sujetos no Obligados a Inscribirse

En el caso de sujetos no obligados a inscribirse en el Impuesto a las Ganancias, se presenta la opción de imputar las percepciones en dicho impuesto, siempre que informen esta situación al agente de percepción previamente.

Ayer el dólar tocó los $945 y la plaza está recalentada ya que en algunos lugares hubo operaciones del blue cercana a los $1.000.

Telefe Noticias

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