Condenan a un hombre que hizo un boquete para robar en un local comercial de Concepción

Por medio de un acuerdo de juicio abreviado alcanzado con el Ministerio Fiscal, “Pedrito” fue sentenciado a seis meses de prisión efectiva por el intento de robo en un reconocido local céntrico, hecho ocurrido en abril de este año. Además, se le revocó una condena condicional y se estableció una pena unificada en dos años y seis meses de cárcel.

Este viernes, el Ministerio Público Fiscal solicitó una audiencia a los fines de exponer ante un juez un acuerdo de juicio abreviado alcanzado con Pedro Martín Sánchez (a) “Pedrito” y su abogado defensor. El sujeto de 25 años estaba acusado de un intento de robo cometido en un reconocido local comercial situado en calle San Martín al 1300 de la ciudad de Concepción. El hecho ocurrió en horas de la siesta del miércoles 17 de abril de este año y había sido detenido in fraganti mientras intentaba salir, llevándose medias y otros artículos de lencería, por un boquete en la pared que había realizado para cometer el ilícito.


El caso fue investigado por la Unidad Fiscal de Delitos Flagrantes I, que conduce Héctor Fabián Assad.
En la audiencia, el auxiliar de fiscal Sergio Hernández detalló los términos del acuerdo alcanzado entre las partes. El mismo implicó el reconocimiento de culpabilidad expresado por Sánchez. Según la acusación, aprovechando la ausencia de personal y el cierre del establecimiento, el imputado procedió a dañar la pared de material de durlock del local comercial, creando un boquete en el lateral izquierdo de la propiedad con el objetivo de ingresar y apoderarse de varios artículos de lencería con los cuales intentó escaparse, siendo frustrado su accionar por personal policial que advirtió la maniobra.


Al respecto, el representante del MPF indicó que la calificación legal que le corresponde es la de autor del delito de robo simple en grado de tentativa. En cuanto a la pena, las partes pactaron una condena de seis meses de prisión efectiva.


Otro de los puntos tratados, fue el pedido de revocación de una condena condicional de dos años que venía cumpliendo por otro hecho y la unificación en una pena única.


A su turno, el magistrado actuante convalidó el acuerdo de juicio abreviado pleno e hizo lugar a la acumulación de las causas, fijando una pena unificada en dos años y seis meses de cárcel.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *