La entidad detectó que, para aprovechar la brecha cambiaria, “muchos exportadores no liquidaban las divisas ante el Banco Central y las dejaban en el exterior”.
La Dirección General de Aduana (DGA) abrió sumarios disciplinarios y suspendió de forma preventiva a 59 empresas exportadoras, tras haber detectado que las mismas no liquidaban las divisas luego de vender sus mercaderías al exterior.
A partir de análisis y cruces sistémicos de las operaciones de exportación de determinados productos, la Aduana encontró “inconsistencias e irregularidades” en sus operaciones, según indicó el organismo en un comunicado.
Si bien los plazos máximos para liquidar divisas desde el permiso de embarque abarcan entre los 15 días para la soja, hasta los 180 días para las economías regionales, con casos de hasta 365 días; la Aduana detectó que, para aprovechar la brecha cambiaria, “muchos exportadores no liquidaban las divisas ante el Banco Central y las dejaban en el exterior”, o, en su defecto, “las convertían al tipo de cambio de contado con liquidación”.
“Esto demuestra un comportamiento sistemático de estas exportaciones inconsistentes que, luego de vencidos los plazos legales correspondientes, no efectúan el debido ingreso de divisas afectando gravemente las reservas del Banco Central”, indicaron desde el organismo aduanero.
Además, señalaron que al realizar operaciones de exportación con “sumas relevantes” sin cumplir con la reglamentación, las firmas generaban una “competencia desleal” en los rubros en los que operaban.
Entre las mercaderías utilizadas para la maniobra se encuentran aceites, grasas, granos, ajo, carne, cebollas, cereales, frutas, hortalizas, harina de trigo, lanas, cueros, pescado, porotos, tabaco y uvas.
Las operaciones fueron detectadas a través de un sistema de alerta temprana, implementado en noviembre pasado a través de la Instrucción General 7, el cual, precisamente, busca evitar el uso de dichas “carpetas” y sociedades sin sustancia económica creadas para efectuar operaciones irregulares.
De ser intimadas, las exportadoras deben liquidar las divisas o garantizarlas con un seguro de caución o fianza en un plazo de diez días. En caso contrario, el sistema suspende a las empresas del registro de exportadores hasta que justifiquen debidamente la no liquidación de divisas.
Dicho monitoreo le permite al organismo aduanero, en conjunto con la AFIP, intercambiar información en tiempo real con el Banco Central y la Secretaría de Agricultura.
La suspensión de estas 59 empresas ocurre luego de que la Justicia Federal rechazara una acción de amparo contra el sistema por presunta inconstitucionalidad e inaplicabilidad del mismo.
El Juzgado Federal N°1 de Rosario decidió la semana pasada no hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la empresa El Cerco, que había presentado una acción de amparo.
En su reclamo ante la Justicia, la firma manifestó que «no ha recibido por parte del BCRA intimación de ninguna índole respecto al ingreso de divisas», y que «fue requerida por la AFIP-DGA a realizar el ingreso de tales divisas en el plazo de 10 días, bajo de apercibimiento de aplicar lo normado en la instrucción mencionada».
Telefe Noticias