Por primera vez se usó el «Índice Crianza» en una sentencia del fuero familiar

En julio el índice que refleja cuánto cuesta criar un hijo superó los $100 mil en todos los rangos de edad, según el Indec. En menores entre 1 y 3 años alcanzó los $142.436. Un fallo pionero lo utilizó en un juicio de alimentos.

En referencia, al segundo parámetro, en julio el costo mensual del cuidado de cada grupo etario, es decir el costo por tiempo medido en horas, fue de $92.770 para menores de 1 año, $106.023 entre 1 y 3 años, $66.265 entre 4 y 5 años y $48.288 entre 6 y 12 años. Al desagregar el índice, el Indec precisó que tomó como referencia «en primer término el tiempo teórico requerido de cuidado para cada uno de los tramos de edad».

A su vez, respecto de las horas de cuidado, el ente considera la remuneración de la categoría “Asistencia y Cuidado de Personas” aplicable al Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

Fallo pionero: el novedoso uso en sentencia

Este Índice Crianza fue utilizado por el Poder Judicial como referencia en una sentencia por disputa por la cuota alimentaria.

En concreto, la jueza de Familia del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Belén Loguercio, tomó como referencia este índice económico para dictar sentencia en el fuero familiar. Así lo estableció la magistrada al ordenar en su fallo de autos “F.,V. N., A., c/ P., L., J. s/ Alimentos”: “Fíjese cuota alimentaria provisoria, en el equivalente al 50 por ciento de la canasta de crianza fijada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) para la franja etaria de 6 a 12 años”.

Se trata de la primera sentencia judicial del Juzgado de Familia 2 de Lomas de Zamora, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, que utilizó el índice “Canasta de Crianza” para determinar y fundamentar el valor de una cuota de alimentos provisorios.

Cabe destacar que el valor de la cuota al momento del fallo fue de $93.932, la que deberá hacerse efectiva, según orden judicial, dentro de los cinco días de notificada la sentencia y en lo sucesivo del 1 al 10 de cada mes, “bajo apercibimiento de embargo”.

Además, la magistrada señaló que los gastos denunciados por la parte actora en el escrito de inicio y el monto no pudieron ser acreditados en esta etapa del proceso. Por lo cual, destacó que los alimentos provisorios fijados podrán modificarse una vez que se acompañen mayores elementos probatorios en relación a los ingresos del demandado y los gastos de las menores.

Fuente: Perfil

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