Este miércoles se realizó una audiencia en la que se resolvieron diferentes pedidos por parte de la Unidad Fiscal de Usurpaciones, Estafas y Cibercriminalidad II. El hombre, de 43 años, está acusado por el delito de usura.
Por un delito de usura, la Unidad Especializada en Usurpaciones, Estafas y Cibercriminalidad II del MPF solicitó una audiencia este miércoles. Durante la jornada, la auxiliar de fiscal, Jessie Luz García, por expresas instrucciones del titular, Carlos Saltor, remarcó la necesidad de declarar la causa como asunto complejo, ante la naturaleza del hecho y debido a las evidencias que se están produciendo.
“Hablamos de personas vulnerables y de escasos conocimientos de finanzas y economía, más si tenemos en cuenta que los mismos se habrían llevado a cabo en la zona aledaña a San Pedro de Colalao, con el imputado pasando personalmente por el domicilio de los afectados para cobrar en efectivo el supuesto dinero adeudado. Las víctimas suelen sentir temor ante las situaciones de hostigamiento a las cuales el prestamista las expone haciendo difícil que estas denuncien”, señaló la Auxiliar de Fiscal.
“Por lo expuesto solicito declare la presente causa compleja y se tenga presente que nos acogemos al plazo de duración de la investigación preparatoria de dos años, sin perjuicio a ello, nos comprometemos a terminar la investigación en un plazo menor. En su defecto, de manera supletoria, solicitamos se amplíe la duración de la investigación penal preparatoria (que vencía en febrero) por el plazo de cuatro meses”, añadió García. La solicitud es a los fines de determinar si existieron más víctimas (por lo que pueden concurrieron otros delitos) sino también establecer si la figura de la usura se verá agravada por la profesionalidad o habitualidad del imputado.
Intereses sobre intereses
La Fiscalía investiga el delito de usura presuntamente cometido por el imputado (de 43 años), a quien se lo acusa de prestar la suma de $40.000 pesos a la mujer víctima, la cual se encontraba en un estado de necesidad ya que no contaba con el dinero suficiente para alimentar a sus hijas y afrontar los gastos de inicio de clases, situación que la llevó a aceptar las condiciones impuestas por el acusado consistentes en que la víctima debía entregarle su tarjeta bancaria donde cobra beneficios sociales y abonar un interés del 50% mensual, el cual se actualizaría todos los meses sumando al mismo el interés ya devengado (interés sobre el interés). A pesar de que la víctima le entregó al imputado al menos $180.000 éste siguió reclamándole sumas de dinero exorbitantes de forma insistente causando temor en la víctima.
“De la documentación secuestrada, se pudo observar que existen cientos de anotaciones con nombres de pila o apodos, montos de dinero y fechas, que aparentemente se corresponderían con préstamos realizados por el imputado, los montos a devolver, cantidad de cuotas a abonar y su monto, y asientos de dinero cobrado en efectivo y por transferencias bancarias. Para analizar esa información se requirió la colaboración de personal de Inteligencia Criminal de la Policía de Tucumán. De dichos datos podrían surgir una gran cantidad de víctimas a las cuales habrá que tomar declaración testimonial, requerir que aporten evidencia, solicitar informes bancarios, etc, lo que demandará un arduo trabajo por parte del personal de la Unidad Fiscal y de las fuerzas de seguridad, requiriendo más tiempo para poder llevar a cabo la misma. Asimismo, también se encuentra pendiente el análisis de la información obtenida de los teléfonos celulares con colaboración del ECIF los cuales podrían arrojar asimismo nuevas víctimas e información a cotejar con entidades bancarias y testigos”, sostuvo la representante del MPF.
Las medidas que viene cumpliendo
Al momento de la formulación de cargos, el 6 de agosto, se le impusieron medidas de coerción de menor intensidad que consisten en: la promesa de someterse al procedimiento y de no obstaculizar la investigación; la obligación de fijar y mantener un domicilio (Alderetes); la prohibición de realizar cualquier acto que pueda obstaculizar el descubrimiento de la verdad y la actuación de ley; la obligación de permanecer a disposición del tribunal y concurrir a todas las citaciones que se le formulen; disponer en contra del imputado la medida de prohibición de acercamiento respecto de la víctima y a su grupo familiar y a los lugares donde estos concurran, en un radio de 100 metros. Asimismo, deberá abstenerse de realizar hacia las víctimas y su grupo familiar cualquier acto de perturbación, turbación, hostigamiento o intimidación directa o indirecta, sea vía e-mail, facebook, whatsapp o cualquier otro medio de comunicación físico o electrónico.