Dos condenados por el robo de $ 3,5 millones a una empresa en Banda del Río Salí

El delito fue cometido en marzo del año pasado, en el predio donde funciona Molino Trigotuc S.A. Las partes firmaron un acuerdo de juicio abreviado que incluye condena y reparación económica.

Por solicitud de la Unidad Fiscal de Robos y Hurtos II, a cargo de Pedro Gallo, este martes tuvo lugar una audiencia con el objetivo de presentar un convenio de juicio abreviado rubricado entre la Fiscalía, la defensa técnica y los imputados Cristian Gustavo Santana y Lucas Felipe Herrera. Ambos llegaron a esta instancia procesal acusados por el robo a la empresa Molino Trigotuc S.A., ocurrido durante la madrugada del 23 de marzo del 2023, en Banda del Río Salí.


El auxiliar de fiscal, Rodrigo Bilbao, describió cómo fue el hecho. Señaló que, a las 3:00 horas, los imputados se hicieron presentes en la ruta 9, kilómetro 1.285, y cortaron una cerca perimetral. A continuación, Santana ingresó al predio donde funciona la empresa, forzó una ventana, la abrió y se dirigió a una oficina administrativa. Una vez allí, del interior de un mueble sustrajo la suma aproximada de $ 3.500.000 y documentación varia. Finalmente, Santana abrió una ventana y junto a su cómplice se dio a la fuga.


Entre las pruebas reunidas, cobraron especial relevancia las imágenes de cámaras de seguridad que captaron el accionar de Santana. Cabe mencionar que este hombre sería un ex empleado del lugar y, por lo tanto, conocía detalladamente los movimientos del mismo. Bilbao les atribuyó a ambos el delito de robo simple: a Santana en calidad de autor y a Herrera como partícipe necesario.


Por otro lado, el representante del Ministerio Público Fiscal afirmó que las partes acordaron para Santana la pena de tres años de prisión condicional, mientras que para Herrera un año condicional. Los dos, además de cumplir reglas de conducta, ofrecieron a la víctima una reparación económica conjunta de $ 1.500.000. A su vez, Santana hará entrega de una motocicleta Honda CVX 250. Al finalizar la audiencia y, tras un breve cuarto intermedio, el juez determinó declarar admisible el convenio de juicio abreviado.

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