“Pipo” y “Cara larga” fueron sentenciados mediante un juicio abreviado. Tres años de prisión condicional y $200.000 a las víctimas.
Este jueves, por pedido del Ministerio Fiscal, se llevó adelante una audiencia con el propósito de proponer ante un juez un convenio de juicio abreviado firmado conjuntamente con los imputados y su defensa, con la conformidad de las víctimas. La causa estuvo a cargo de la Unidad Fiscal de Robos y Hurtos II, al mando de Pedro Gallo y representada en esta ocasión por la auxiliar de fiscal María José Agüero. A Ulises “Pipo” Brito y a Nahuel “Cara larga” Lazarte se les atribuyó ser coautores penalmente responsables del delito de robo agravado por el uso de arma de fuego de operatividad de no acreditada.
Según la teoría del caso, el hecho tuvo lugar el 16 de enero pasado, a horas 21:20 aproximadamente, cuando un hombre circulaba en moto por Amador Lucero junto a su pareja. En un momento los interceptaron Brito y Lazarte quienes se dirigían por Bolívar a bordo de un rodado Yamaha YBR. “Pipo”, que iba de acompañante, se bajó y amenazando con un arma de fuego poniéndola sobre la cabeza de la mujer, le sustrajo su teléfono celular. Mientras tanto “Cara larga”, apuntando al hombre con un arma de fuego, le exigió la entrega de la llave de la motocicleta para posteriormente hacerse de la misma y ambos darse a la fuga con rumbo desconocido.
Las partes intervinientes acordaron que los acusados sean condenados a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, más el cumplimiento de una serie de reglas de conducta, como ser la restricción de acercamiento a las víctimas en un radio de doscientos metros. Además, los imputados ofrecieron en concepto de reparación por el daño causado a las víctimas la suma de $ 200.000, a abonarse en una cuota.