A través de un juicio abreviado se le dictó la prisión efectiva por cuatro años más la reparación de $3.250.000. La investigación la conduce la Unidad Fiscal de Robos y Hurtos I del MPF, al mando de Diego López Ávila. Este miércoles se realizará la audiencia de control de acusación y admisibilidad de las pruebas para el resto de los integrantes.
La Unidad Fiscal de Robos y Hurtos I del MPF, a cargo de Diego Alejo López Ávila, continúa con las penas a los miembros de la organización criminal que encabeza Miguel Antonio “La Gata” Lizárraga.
Este martes, el Fiscal oralizó el acuerdo pleno de juicio abreviado arribado con la defensa de Walter Alexander Caro, quien fue condenado a cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo como coautor de los delitos de asociación ilícita en calidad de miembro, robo por efracción y encubrimiento por receptación agravado por el ánimo de lucro reiterado en dos oportunidades respecto de los hechos ocurridos entre el 13 de febrero al 5 de mayo y entre el 27 de marzo al 5 de agosto de 2021, en perjuicio de la administración pública, ambos en concurso real.
Además deberá realizar una reparación económica de $3.250.000. “Con esto vamos recuperando a favor de las víctimas aproximadamente $12.000.000 de devolución voluntaria de aquellos imputados que se sometieron a juicio abreviado más la cantidad de dinero secuestrado, joyas y vehículos utilizados que surgirán del decomiso en el juicio respecto de los restantes coimputados que son los que más pretensión punitiva tiene en su contra el MPF”, explicó Diego López Avila.
“Estos tres hechos forman parte de un legajo mucho más grande donde se ha formulado la requisitoria para el día de mañana (control de acusación) para el resto. En lo que respecta al imputado, el MPF sostuvo en su teoría del caso su participación en estos ilícitos donde se logró comprobar el acuerdo de voluntades”, indicó el Fiscal y destacó entre las pruebas la comunicación telefónica que mantenía el acusado con Lizárraga y los otros integrantes, desde la provincia de Córdoba (donde residían cuatro de ellos).
En el marco de la investigación, Vicente Zenón Leguizamón, Javier Leonardo Olmos Chavan, Marcos Gastón Caro y Francisco Emanuel Caro fueron condenados en audiencias de juicio abreviado, habiéndose declarado los mismos penalmente responsables del delito de robo calificado por efracción.
Pena para el dueño de una concesionaria por el delito de encubrimiento
El martes 27 de diciembre del año pasado se realizó la audiencia de juicio abreviado donde se fijó la pena de tres años de prisión de ejecución condicional para Lucas D’Mayo, acusado por el delito de encubrimiento por favorecimiento realpor los hechos ocurridos entre los días 10 y 17 de mayo de 2021. Asimismo se fijaron reglas de conductas por igual plazo, entre ellas, la restricción de acercamiento al domicilio de la víctima.
El plan criminal
Desde el mes de agosto del año 2020 y hasta aproximadamente fines del mes de junio del año 2021, dentro del territorio de nuestra provincia, el imputado y otros sujetos, previo acuerdo de voluntades, división de tareas y de roles asignados a cada uno, desempeñándose Miguel Antonio Lizárraga (“La Gata”) como jefe y el resto como miembros de la organización fue que en forma habitual, permanente, reiterada y sistemática se asociaron solidaria y dolosamente con una finalidad delictiva destinada principalmente a cometer asaltos contra la propiedad, ingresando a inmuebles tanto comerciales como a viviendas que se hallaban temporalmente sin moradores, violentando los ingresos a dichos lugares apoderándose de joyas, dinero en grandes cantidades, electrodomésticos, dispositivos electrónicos, entre otros, provocando con ello un grave perjuicio patrimonial a las víctimas.
Como medio para lograr esa finalidad, se valían de distintas actividades ilícitas o maniobras, así los integrantes de la asociación procuraban en forma constante y continua obtener automóviles tendientes a ser utilizados como medio de movilidad en esos hechos delictivos, siendo que los rodados generalmente se encontraban registrados a nombre de personas con residencia en otras provincias, como ser Córdoba o Buenos Aires, otros eran adquiridos mediante boletos de compra-venta o mediante una transacción informal (sin documentación o sin efectuar la correspondiente transferencia), o eran registrados como titulares familiares o allegados de los integrantes, o sino utilizaban rodados cuyas patentes habían sido adulteradas y no se correspondían a su dominio (rodados con patentes truchas), todo ello con el afán de dificultar que los miembros de la organización pudieran ser descubiertos. Asimismo, luego de que los rodados adquiridos habían sido utilizados en algún hecho ilícito cometido por los integrantes de la asociación, los miembros de la misma tenían como parte de su plan criminal, deshacerse de los rodados, ya sea vendiendo los mismos a otras personas ajenas a la asociación, devolviéndolos de la concesionaria donde habían sido obtenidos o modificando sus características exteriores para evitar que pudieran ser hallados (como ser cambiar el color del polarizado, el color del vehículo, etc).
Una vez en territorio de nuestra provincia en algunas ocasiones rentaban alquileres provisorios para poder de esta forma permanecer temporalmente y lograr su objetivo ilícito, para luego ocultarse en dichos departamentos y finalmente regresar a la provincia de Córdoba. En otras ocasiones brindaban a los restantes integrantes de la asociación tanto alojamiento como vías de escape luego de la comisión de sus objetivos delictivos (aportando los referidos Caro sus moradas para que se ocultaran y refugiaran luego de los hechos ilícitos cometidos).